¿Qué es la Tasa Anual de Extranjería?
La Tasa Anual de Extranjería - TAE es un tributo que deben pagar todos los ciudadanos extranjeros residenes en el Perú para años anteriores al ejercicio 2017.
A partir del 28 de marzo del 2017 se encuentra vigente el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, norma que dispuso la derogación de Decreto Supremo N° 206-83-EFC, que fijaba tasas migratorias en dólares respecto de diversos trámites ante la entidad, incluyendo la TAE.
En consecuencia, los extranjeros
únicamente deberán regularizar el pago de la Tasa Anual de Extranjería hasta el 2016 y la multa por pago extemporáneo de la misma en caso de no haberlo realizado.
¿Qué se requiere para realizar su Pago de TAE hasta el 2016 y las multas correspondientes?
- Contar con Carné de Extranjería.
- Realizar los pagos de tasas y multas en el Banco de la Nación.
- Cada recibo de pago de la TAE que se registre debe corresponder a la tasa o
deuda de solo un año. No se considerarán los recibos de pago de deudas que
abarquen más de un año.
- Por cada año de deuda del pago de TAE se generará un número de Trámite.
- Por cada año de deuda del pago de TAE se deberá registrar un recibo de pago
(correspondiente a la tasa) o dos recibos de pagos (un recibo por el pago de la
tasa y otro por el pago de la multa de ser el caso).
- El Art. 1 del D.S. Nº 206-83-EFC, establece el pago ÚNICO de US$20.00 de la TAE y la multa al 100% por cada trimestre.
- 1er Trimestre (Ene-Feb-Mar): US$20.00
- 2do Trimestre (Abr-May-Jun): US$40.00
- 3er Trimestre (Jul-Ago-Set): US$60.00
- 4to Trimestre (Oct-Nov-Dic): US$80.00
- Después del año vencido: US$100.00